Características de esta versión de la Constitución.
Esta Constitución española fue escrita el 30 de junio de 1876, recoge las ideas de Antonio Cánovas del Castillo. Aunque denomina conservador a su partido, era más liberal que los moderados de 1844-1868. El texto es una fuente primaria ya que se trata del propio texto constitucional.
La breve Constitución de 1876 establecía una división de poderes más imperfecta que la que se declaró en la Constitución de 1869, tal y como se expone en el artículo 18 que la potestad de hacer leyes reside en las Cortes con el rey.
Por otra parte también se establecía un Parlamento bicameral, tal y como se explica en el artículo 20 éste tenía un Senado formado por senadores por derecho propio y para toda la vida, nombrados por la Corona, elegidos por las corporaciones del Estado y mayores contribuyentes.
Además, la Constitución determinaba un Estado confesional, esto es la religión Católica, Apostólica, Romana era la del Estado. Sin embargo permitía el ejercicio de privado de otras religiones, nadie sería molestado en el territorio español por sus opiniones religiosas ni por el ejercicio de su respectivo culto, aunque no se permitirían ceremonias ni manifestaciones públicas.
Al igual que en la Constitución de 1869 en esta, como ya he dicho antes, se permitió la libertad de cultos y también los derechos de libertad de expresión, de reunión y de asociación.
La convocatoria de las Cortes para elaborar la nueva Constitución se hizo por sufragio universal, respetando la legalidad vigente, pero fue un mero trámite porque ya se había organizado un sistema de captación de votos. Antes de comenzar los debates, Cánovas consideró fundamental establecer unas premisas para poder colocar la monarquía por encima de los partidos políticos y para que quedara fuera de futuros posibles debates sobre su validez y poderes. Para ello recurrió a la existencia de unos organismos fundamentales (monarquía y Cortes) que eran anteriores y superiores a cualquier texto escrito.
Aceptados estos supuestos, que fueron la clave para elaborar la nueva Constitución por el Congreso, los artículos de ésta fueron aprobados en breve tiempo y en muy pocos debates, excepto los de la cuestión religiosa. El Congreso se dividió en dos partes, una a favor de la unidad católica y la otra a favor de la tolerancia, al estilo de la antigua Constitución de 1869. Finalmente se llegó a una fórmula ecléctica, que pretendía satisfacer a todos.
Para finalizar puedo decir que los puntos más importantes de esta Constitución don que se establece un Parlamento bicameral, una división de poderes, sufragio censitario que luego pasó a sufragio universal masculino y un Estado confesional.