Muy importante en mi país (Venezuela) para poder utilizar un vehículo que esté a nombre de otra persona, espero les sirva.
Yo, portador de la Cédula de Identidad X hago constar que mi hijo, portador de la Cédula de Identidad X, mayor de edad y de oficio estudiante, a portar por todo el territorio nacional el vehículo cuyas características son las siguientes:
PLACA:
SERIAL DE CARROCERIA:
SERIAL DE MOTOR:
MARCA: CHEVROLET
MODELO: GRAND VITARA
AÑO: 2005
COLOR: BLANCO
CLASE: CAMIONETA
TIPO: SPORT WAGON
USO: PARTICULAR
Expedido en Valencia a los quince (15) días del mes de Agosto del 2008.
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Su nombre aqui
Cedula aqui
Nº de Telefono aqui
Nº de Celular aqui
buenos dias, hermano. mi pregunta es, ese permiso o autorizacion debe ser n otariado? o solo firmado x el ti tular del vwhiculo? agradesco su ayuda salu2
Antonio ese tipo de autorizaciones no son notariados chamo, solo haslo en una pagina en blanco y listo, solo la firma el propietario del vehiculo anexa ademas una copia de la c.i. de la persona y ya esta…
Ese modelo de autorizacion no es requisito para conducir ningun vehículo en Venezuela, esto es invento de policías para “matraquear” no esta contemplado en la ley de transito ni en ninguna otra legislación, no se dejen engañar por policías piratas que es lo que sobra en Venezuela, menos aún si no es notariado ya que cualquier persona podría hacerlo. Con tener el carnet de circulacion es suficiente, es más, en la parte de atras del carnet de circulación lo dice… este documento no acredita propiedad… solo autoriza su circulacion por el territorio nacional etc etc
amigo si es necesario tener la autorización para poder circular con un vehiculo que no este a tu nombre, de lo contrario el mismo sera retenido hasta que vaya el propietario a retirarlo. asi es que carguen su autorización para evitar inconvenientes “no esta de mas”….
Amigo, en la ley de transito terreste NO dice en ningun lado que se deba tener ningun tipo de autorizacion,LEY VA SOBRE ORDENANZAS.. que tampoc se que existan en relacion a portar autorizacion,de todas formas, la logica dicta que una autorizacion sin notariar la hace cualquiera, una copia de cedula tambien..es solo usar la logica..No se dejen amedrentar si les piden autorizacion , tal y como dice el carnet de circulacion por detras, ESTE DOCUMENTO SOLO AUTORIZA LA CIRCULACION, FIRMADO por el director de transito,,, ahora si la palabra de un funcionario de transito o cual sea vale mas que la firma del director de transito..
hermano usted lo consigo en la via con un vehiculo que no sea el suyo,,. y sin autorizacion tratare de impornerle la multa mas alta que halla, como justifica usted que el vehiculo es suyo? dejese agarrar no mas..,
Carlos estas bien equivocado, no se requiere la autorización notariada. digame en que ley se basa? y de cuanto es la supuesta multa? porque en la ley de transito no aparece nada de eso que ud dice.
En realidad solo se necesita un poder para ciertos casos por ejemplo, la entrega de un vehículo bajo salvo y custodia para un 3, a un hijo menor de edad con licencia aprobada por transito, y otros casos mas donde las leyes en caso venezolanas que son las que profesionalmente ejerzo, pero la ley de transito en ninguno de sus artículos exige tal autorización solo con las copias del registro del vehículo y el carnet de circulación vasta, y eso de que como demuestro que es mio o no solo tiene el funcionario que verificar si el vehículo no esta denunciado por robo o solicitado por otros cuerpos judiciales, de resto no existe una sanción o multa aplicar a este caso no dejen que esto les suceda
La autorización no es ningun requisito para portar y transitar por el territorio nacional, no esta reflejado en ninguna ley de transito, solo el documento de circulación es el que le acredite para circular con un vehículo que no es de su propiedad, al reverso sale que es el portador del carnet esta autorizado no el titular, dicho carnet fue hecho para estos casos, los policías piden la autorización es para matraquear,y violan los derechos y normas y la ley, solo se usa la Autorización notariada es para hacer la documentación y retirar traspaso o cualquier otro documento del vehículo ante el intt. el cual estas comprando Sr. Carlos usted esta equivocado
las autoridades están en la obligación de radiar o verificar si el vehículo esta solicitado,esta es la manera de saber el estado del vehículo, si no esta solicitado,debe dejarlo circular
Que bueno que han aportado algo sobre esto…. estaba buscando en google y halle este foro, aqui en portuguesa en el diario ultima hora hay un sargento de transito que ademas es abogado, que tiene una columna de opinion y el escribio que no es obligatorio usar esa autorizacion, y que no sabe de donde sale ese requirimiento de parte de la policia
la verdad es que no es necesaria ninguna autorizacion para transitar un vehiculo del cual no se es propietario, el carnet de circulacion como su nombre lo indica es para eso, y no es necesario probar la propiedad del vehiculo ya que la posesion acredita propiedad simplemente si el vehiculo no esta reportado como robado no deberia existir ningun problema en que una persona diferente de su propietario lo use
Mi pregunta es la siguiente si el vehiculo no esta registrado y esta a nombre de otra persona podria yo registrarlo?
Tal vez no sea un requisito legitimo, pero de todas maneras nunca esta de menos cargar una autorizacion cuando el vehiculo no es tuyo…
Eso de la autorizacion es para matraquear y amedrentar, una forma mas de corrupcion yo no tengo que demostrar nada, le corresponde a la autoridad hacer las averiguaciones que correspondan eje. si un amogo o familiar te presta su vehiculo para hacer una deligencia tienes que ir a notariar una autorizacion
MIRE CARLOS.. DE SEGURO USTED ERES UNO DE LOS POLICIAS MATRAQUEROS QUE VIOLA LA LEY.. EN EFECTO.. NO HAY NINGUN ARTICULO EN LA LEY DE TRANSITO DONDE DIGA QUE UN CONDUCTOR QUE NO ES PROPIETARIO ESTE COMETIENDO UNA INFRACCION POR CONDUCIR UN VEHICULO QUE NO ES DE SU PROPIEDAD.. SI ESA PERSONA POSEE LICENCIA, CERTIFICADO MEDICO POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y EL CARNET DE CIRCULACION QUE EL MISMO INDICA EN SU REVERSO.. “ESTE DOCUMENTO NO ACREDITA PROPIEDAD SOBRE EL VEHICULO. SOLO AUTORIZA LA CIRCULACION DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL Y ES OBLIGATORIO SU PORTE AL CONDUCIR EL VEHICULO.” PUES SU DEBER Y OBLIGACION COMO FUNCIONARIO “PUBLICO” QUE ES SERVIR AL CIUDADANO MAS NO AGRAVIARLO, ES RADEAR ANTE LOS CUERPOS POLICIALES SI EL VEHICULO ESTA SOLICITADO O POSEE MULTAS.. SI AL RADEAR EL VEHICULO Y A SU CONDUCTOR, NO EXISTE INCONVENIENTE, USTED ESTA EN LA OBLIGACION ABSOLUTA DE DEJAR CIRCULAR EL VEHICULO.. QUISIERA QUE USTED ME PARARA A MI CONDUCIENDO EL VEHICULO DE MIS HIJOS E INTENTE SIQUIERA APLICARME UNA MULTA.. PARA Q VEA COMO LO DENUNCIO POR MAL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES Y LOGRO DESTITUIRLO DE SU CUERPO POLICIAL O COMO MINIMO LE CONSIGO 72 HORAS DE ARRESTO. PARA QUE APRENDA A RESPETAR A LOS CIUDADANOS QUE CUMPLAN LA LEY.. QUISIERA VERLO APLICANDO MULTAS EN LOS CERROS A LOS MOTORIZADOS Y CONDUCTORES DE CARROS QUE SON MAFIOSOS Y QUE NISIQUIERA POSEEN LICENCIA A VER SI ES TAN BRAVITO COMO SE HACE VER.. Y DELE GRACIAS A DIOS QUE ESTE MEDIO NO LO IDENTIFICA PARA PODER SANCIONARLO DE UNA VEZ.. POR ESO ES QUE EL CIUDADANO YA NO CREE EN LA JUSTICIA NI EN LA LEY NI EN LOS CUERPOS POLICIALES.. POR CULPA DE FUNCIONARIOS COMO USTED.. ATTE GENERAL DE DIVISION DEL EJERCITO..
Muy bueno este aporte, siempre me paran y me dicen esto de la autorizacion, unos fiscales me han dicho que puede ser a computadora y los demas me dicen notariado, me molesta que me ven cara de chamo y me paran intentando solo matraquear. Esto se acabo mas me aferare a la ley y veremos a ver de donde se agarraran ellos. Gracias por el aporte.
Apreciado lectores para ampliar un poco más el comentario que hace el Abogado y el General, es conveniente y necesario tomar nota del nombre y numero de placa del funcionario o funcionarios, así como de los vehiculos oficiales para tener base y hacer la denuncia correspondiente ante las autoridades competente de esos policias o fiscales de transito corrupto.